Recientemente, se dio a conocer que todas las líneas móviles que se encuentren activas en México deberán estar registradas a nombre de un usuario identificado. Estas serán suspendidas en caso de que no se cumpla con lo establecido para el año 2026.
Hace algunos días, se dio a conocer una nueva ley que involucra las líneas móviles activas en México. Esta establece que todas ellas deberán estar registradas a nombre de un usuario completamente identificado, o de lo contrario, serán suspendidas.
Así es como está establecido en la nueva Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, promulgada por la presidenta de México, Claudia Sheinbaum. Y publicada en el Diario Oficial de la Federación.
De acuerdo con el diario Expansión, esta nueva ley se aplicará para una cantidad de más de 142.3 millones de líneas móviles existentes en el país. Sin importar si se tratan de líneas prepago o pospago.
Entra en vigor la nueva Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión
La encargada de emitir los lineamientos del registro será la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones. Se trata de un órgano nuevo descentralizado de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones.
El plazo límite para que las líneas queden bajo registro es junio de 2026, y en caso de que no se cumpla con esta nueva ley, las líneas serán suspendidas. También se mencionó que habrá cinco comisionados en el órgano que emitirá los lineamientos, pero aún no han sido nombrados. Por este motivo es que se pone en duda que el plazo fijado sea el que se dio a conocer.
Estos son los requisitos que deberán cumplir los usuarios de líneas telefónicas
Para que los usuarios puedan mantener activa una línea telefónica, es necesario que proporcionen datos personales. Como la CURP digital, identificación oficial, y en el caso de las personas morales, el RFC, al igual que el pasaporte obligatorio en caso de extranjeros.
Este registro será operado por los operadores, como AT&T, Telcel y los OMVs como Bait, pero la ley permite que las dependencias de seguridad tengan acceso al padrón con el objetivo de localizar teléfonos en tiempo real. Tal y como se da a conocer en el artículo 182 de esta nueva ley.
No solo la FGR y el CNI podrán tener acceso a esta información, sino también las policías estatales y municipales mediante la Plataforma Digital de Usuarios de Telefonía Móvil. El cual es un nuevo sistema impulsado por la reforma al Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Preocupaciones sobre este nuevo decreto
Las Operadoras Virtuales Móviles (OVM), como Bait, crecieron superando a operadoras establecidas como AT&T y Movistar. Esta es una de las principales preocupaciones, ya que muchas de ellas no cuentan con la infraestructura necesaria para recoger y mantener bajo protección los datos de sus usuarios.
La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones deberá emitir los lineamientos a más tardar en diciembre de 2025. A partir de este momento, las operadoras tendrán 120 días hábiles para implementar el padrón.
En caso de que una línea no esté registrada como límite en el mes de junio, solo podrá hacer llamadas de emergencia o al 911.